Alter Mutua ampliará su actividad a nivel nacional


"ALTER MÚTUA DE PREVISIÓ SOCIAL DELS ADVOCATS DE CATALUNYA ha obtenido autorización administrativa por parte la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP) para ampliar su actividad aseguradora como mutualidad de previsión social en todo el territorio nacional, tal y como se recoge en la Orden EHA/1984/2009, de 6 de mayo, publicada en el Boletín Oficial del Estado.

Cabe recordar que la MUTUA DE ABOGADOS DE CATALUÑA decidió el pasado mes de noviembre cambiar su denominación social por ALTER MÚTUA, cambio que conllevó la creación de una nueva imagen corporativa."
(Fuente: BDS)

COMENTARIOS A LA NOTICIA: Un monopolio (del griego monos -uno-, polein -vender-) es una situación de privilegio en la cual, para una entidad que posee un servicio determinado y diferenciado, sólo existe un productor (monopolista) oferente que posee un gran poder de mercado y es el único con caracter nacional. Está situación, ahora, se rompe con la incorporacion de Alter Mutua para todos los profesionales de la abogacía en nuestro país.

Alter Mutua (entidad importante del activo mutualismo catalán), con una amplia y solvente experiencia en la previsión en el ámbito territorial de Cataluña, tiene todos los "mimbres" necesarios para convertirse en una seria competencia a Mutualidad de la Abogacía en la "cesta" del colectivo de previsión para los juristas españoles. En aras a las indudables ventajas que entraña la competencia en cualquier sector con volumen suficiente (hay un colectivo de casi 200.000 abogados colegiados en España, más sus familiares, más otros profesionales vinculados al mundo del derecho susceptibles de ser mutualistas), sin duda, es una buena noticia.