Colegios profesionales ¿minas del rey Salomon para las aseguradoras?


Más allá de las Mutualidades profesionales alternativas al Régimen de autónomos (ver post, sobre "luces y sombras"), que han convertido su misión en intentar facilitar, a distintas profesiones colegiadas susceptibles de optar, sus necesidades de aseguramiento, la totalidad del sector asegurador tiene un gran interés por gestionar alianzas y apoyos con estos "nichos protegidos".

Sin duda, las ventajas para la aseguradora que logra fijar un acuerdo con el Colegio profesional correspondiente son interesantes. Entre otras:
  1. Posibilidad de identificar y vincular a los nuevos colegiados y colegiados jóvenes con todo el potencial para convertirse en clientes rentables durante todo su ciclo vital, a efectos de aseguramiento.
  2. Cercanía al cliente y potencial cliente con coste  reducido y conocido de antemano, mediante los distintos canales internos disponibles (circulares, boletines, revista colegial,....).
  3. Ahorro de alquileres y consumos, si la aseguradora es capaz de negociar un punto de atención /oficina en el propio Colegio.
  4. Elementos de publicidad y difusión máxima, mediante lo indicado, con bajos o sin costes adicionales.
  5. Extensión territorial y organizativa que puede redundar en un mejor servicio y renovación de las posibilidades de crecimiento.
  6. Aumento directo de primas vía  posibles Seguros Colectivos con posibilidad a su ampliación individual entre los miembros mediante contrataciones individuales de nuevas pólizas.
Tras muchos años de experiencias muy gratificantes tanto cuantitativa como cualitavamente en creación y desarrollo de acuerdos con distintos Colegios Profesionales para distintas entidades aseguradoras, una de las claves para que funcione se centra en la creación de acuerdos de colaboración, donde ambas partes tangibilicen el beneficio (en sentido amplio): por la parte del Colegio, una fuente adicional de servicio, fidelización y recursos colegiales razonables y, por el lado de la aseguradora, una colaboración leal con implicaciones y especialización para dar satisfacción profesional en sus necesidades aseguradoras a los colegiados. 

Por tanto, la respuesta planteada en el titular es SI, .... siempre que se desplieguen las capacidades necesarias con un valor añadido para ambas partes. Y eso, NO tiene que ver, predominantemente, con el dinero que se mueve directamente como fruto directo del acuerdo.